¿Realidad o acting digital?: los peligrosos grises en los controles de tránsito del Conurbano
Un reciente operativo vial difundido en redes sociales expone una profunda contradicción entre el discurso de control estatal y la realidad operativa de las actas de infracción. Datos erróneos, licencias de conducir vencidas y la falta de secuestro de vehículos pesados abren el debate sobre la verdadera efectividad de las multas manuscritas.
Por Gustavo D’Onofrio
En la era de la comunicación digital, los municipios del Conurbano bonaerense suelen utilizar sus redes sociales como una vidriera para demostrar gestión y dar una sensación de control inmediato a los vecinos. Sin embargo, cuando la espectacularidad de los videos institucionales se contrasta con el rigor de los documentos administrativos que se labran en la calle, la realidad suele mostrar un panorama muy diferente.
Un caso testigo ocurrido recientemente en la localidad de Bernal, partido de Quilmes, encendió las alarmas y dejó al descubierto una cadena de irregularidades administrativas que van desde la violación a las leyes de privacidad hasta la omisión de protocolos básicos de seguridad vial. Todo, por una publicación del municipio de Quilmes en Instagram.

El peligro en la calle y la respuesta en el papel
El hecho se originó cuando un camión de gran porte que transportaba tosca derramó parte de su carga sobre el asfalto al cruzar un badén en la intersección de las calles Zapiola y Belgrano. El desparramo de material suelto en una bocacalle representa un peligro directo para la circulación de autos y motos, además de obstruir los desagües pluviales.
Alertados por la situación, los agentes de tránsito interceptaron el vehículo unas cuadras más adelante. Para mostrar el éxito del procedimiento, el municipio publicó en sus canales oficiales el video de las cámaras de seguridad junto con una fotografía del acta de infracción manuscrita. Fue justamente esa publicación la que destapó una serie de inconsistencias que transforman un aparente control exitoso en un verdadero “manual de errores” procedimentales.

Los puntos oscuros del acta
Al analizar el documento físico confeccionado por los inspectores en la vía pública, saltan a la vista múltiples datos que contradicen la normativa vigente:
- Privacidad vulnerable: Al subir la foto del acta sin ningún tipo de edición o pixelado, el municipio expuso públicamente el número de DNI del presunto infractor. Esto constituye una falta directa a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326. Para peor, un posterior error de digitalización en los sistemas informáticos asoció la infracción al DNI de un ciudadano ajeno al hecho, demostrando la fragilidad del cruce de datos.
- Incongruencias en la licencia de conducir: El acta detalla que el conductor poseía una licencia expedida de forma genérica en “Córdoba”, sin especificar a qué municipio correspondía. Lo más grave es que el documento registra que el chofer contaba con una categoría B1 (habilitante solo para autos particulares de hasta 3.500 kg), una categoría que es totalmente insuficiente para comandar un camión Iveco de tres ejes cargado.
- Vencimiento ignorado: El propio texto del acta deja constancia de que la licencia de conducir del chofer había vencido el 19 de enero de 2018. Es decir, manejaba un transporte pesado de forma ilegal desde hacía años.
- Circulación sin patente: Las imágenes del centro de monitoreo registran que el camión carecía de la chapa patente obligatoria en su parte trasera, una falta considerada gravísima por la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.


¿Control real o puesta en escena?
A pesar del combo de irregularidades (derrame de carga en la vía pública, circular sin patente trasera, licencia de conducir de categoría incorrecta y vencida desde 2018), el inspector a cargo del operativo marcó con un rotundo “NO” los casilleros correspondientes a la “Retención de licencia” y al “Secuestro del vehículo”.
La ley estipula de forma taxativa que ante faltas de esta gravedad, la autoridad de aplicación debe retirar el vehículo de circulación de manera preventiva para resguardar la seguridad de la población. Sin embargo, el camión fue liberado en el lugar tras la firma del papel.
Incluso, en un detalle que roza el absurdo logístico, los agentes anotaron en el renglón de “Lugar de traslado del bien” la dirección de la avenida Calchaquí 3049, sede administrativa central de la Dirección de Tránsito local, un edificio de oficinas donde ni siquiera existe un playón de secuestro de vehículos pesados.
Respecto al presunto infractor, una simple investigación permitió saber que el domicilio del mismo no es en Córdoba, sino en Lanús. Y acá surgen más dudas: ¿puede alguien con domicilio en Lanús tener una licencia de conducir de Córdoba? ¿El agente no observó el detalle del vencimiento de la licencia, el domicilio y el DNI del presunto infractor? Si leyó todos esos documentos (exigibles al momento de redactar la infracción, ¿no le llamaron la atención esos detalles? ¿No leyó bien la licencia de conducir? Ya que el camión circulaba sin una chapa patente, ¿no pidió los papeles del vehículo y verificó la información? Todo muy raro…

El debate de fondo: ¿verdadero o falso?
Este tipo de situaciones plantea un interrogante incómodo para las administraciones locales: ¿los agentes que se encuentran en la calle carecen de la capacitación y la idoneidad necesaria para completar un documento que sostenga legalmente la acusación, o se trata de operativos diseñados únicamente para la foto institucional, sabiendo de antemano que el acta carece de validez jurídica y será anulada en la justicia de faltas?
Entonces: ¿de qué sirve hacer controles si se hacen mal?
La delgada línea entre la ineficiencia administrativa y el “acting” publicitario termina perjudicando siempre al mismo eslabón: el ciudadano común, que por un lado asiste a un “escrache” digital en redes sociales y, por el otro, convive con un sistema de control vial que deja circular libremente camiones de gran porte en condiciones completamente irregulares.

